CAROLINA DEL NORTE (24 de julio, 2026) — La ACLU-NC y el NC Justice Center están monitoreando de cerca la implementación de las leyes HB 10 y HB 318 por parte de funcionarios de los condados, tras recibir informes de que algunos condados están aplicando incorrectamente estas leyes estatales. El 23 de julio, ACLU-NC y el NC Justice Center enviaron una carta a todos los condados de Carolina del Norte para aclarar la aplicación adecuada de estas leyes para garantizar que su implementación no resulte en detenciones migratorias excesivas e ilegales.
La ley estatal exige que los funcionarios judiciales determinen el estatus migratorio de los acusados de ciertos delitos específicos. En determinadas circunstancias, cuando un funcionario judicial no puede determinar si una persona es residente legal, la ley permite la detención de la persona por hasta dos horas mientras "Immigration and Customs Enforcement" ICE verifica los registros para confirmar su estatus. Si ICE no emite una orden de detención dentro de ese plazo, los funcionarios del condado y del sistema judicial deben seguir las normas habituales de liberación previa al juicio, incluida la aceptación de fianza. Si se emite una solicitud de retención y una orden judicial, los funcionarios aún están obligados a aceptar el pago de la fianza, pero la orden judicial puede extender la detención por hasta 48 horas para permitir que ICE asuma la custodia de la persona. Como se indica en la carta (pág. 1), una persona acusada de un delito penal “solo puede ser detenida mediante la emisión de una orden judicial”.
A pesar de estos límites legales a la detención, la ACLU-NC y el NC Justice Center han recibido informes de varios condados que revelan una aplicación incorrecta de estas leyes.
Por ejemplo, informes de un condado indican que funcionarios han impedido que personas con derecho a salir bajo fianza lo hagan mientras esperan una respuesta de Immigration and Customs Enforcement (ICE), incluso cuando ICE no había emitido una orden de detencion y el plazo legal para hacerlo ya ha vencido. Esta práctica contradice el texto claro de la N.C. Gen. Stat. § 15A-534(d4), que establece únicamente un período de dos horas para que ICE responda. Una vez que dicho período vence sin que se emita una solicitud de retención, los funcionarios deben permitir que se pague la fianza y no pueden mantener a las personas en la cárcel para brindarle a ICE otra oportunidad de emitir una solicitud de retención.
Un informe de otro condado señala que funcionarios han denegado el derecho a pagar la fianza a personas sujetas a una retención de ICE. No existe fundamento legal para esta práctica y, jurídicamente, no existe una detención de ICE "permanente" o "indefinida". Aunque los condados están obligados a respetar el período de detención de 48 horas cuando se emite una orden judicial, ni la solicitud de retención de ICE ni la orden judicial pueden utilizarse para negar la fianza. Además, mantener a una persona detenida más allá de las 48 horas contadas desde el momento en que, de otro modo, habría sido puesta en libertad constituye una violación de la ley federal y estatal.
La ACLU-NC y el NC Justice Center advirtieron que estas violaciones podrían exponer a los condados y a sus funcionarios a responsabilidad legal, incluido el pago de daños y perjuicios y de honorarios de abogados. Ambas organizaciones solicitaron a cada condado revisar sus políticas y prácticas para garantizar el cumplimiento de las leyes aplicables y asegurar que los agentes del sheriff, secretarios judiciales y demás miembros del personal reciban las instrucciones adecuadas.
“Estas leyes estatales ya obligan a los funcionarios locales a cooperar con ICE para promover una agenda federal de inmigración, lo que plantea serias preocupaciones constitucionales,” afirmó Corina Scott, abogada del personal de ACLU of North Carolina. “Los condados no pueden negar la fianza a personas sujetas a una solicitud de retención de ICE, imponer períodos adicionales de detención ni realizar una segunda consulta a ICE una vez que vence el período de dos horas para emitir una solicitud de retención. Instamos a los condados a actuar con rapidez para corregir estas prácticas ilegales, proteger los derechos de las personas inmigrantes y evitar posibles responsabilidades legales.”
Se les invita a las personas que enfrenten estas situaciones en tiempo real presentar esta carta a las autoridades del condado para contribuir a que se cumpla la legislación estatal y las protecciones constitucionales aplicables. Quienes consideren que sus derechos han sido vulnerados deben completar el formulario de admisión de casos legales de ACLU-NC.
Lea la carta completa a continuación.
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